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La importancia de la Lex Arbitri en el Arbitraje Internacional

Rodrigo Andrés Freitas Cabanillas

Árbitro en el Centro de Arbitraje de la CCL y profesor universitario.

Si bien uno de los atributos más llamativos del arbitraje es la libertad con la que cuentan las partes para administrar su caso, debemos tener en cuenta que en el arbitraje existen varias capas legales a considerar, entre ellas, la lex arbitri, conocida como la ley aplicable al procedimiento arbitral, que genera, como efecto positivo, que el arbitraje puede ser un mecanismo deslocalizado.

 

Por ejemplo, las partes pueden elegir que el lugar del arbitraje sea en Brasil, cuando la ubicación de sus domicilios o actividades comerciales son en Chile y Ecuador, incluso pueden llevar sus audiencias en Argentina, todo ello sobre la base de la Ley de Arbitraje peruana, elegida por sus voluntades y capacidad de libre elección de la lex arbitri.

 

¿Y por qué es tan importante la lex arbitri? Su importancia radica en que es esta la ley procesal aplicable en la jurisdicción donde se lleva a cabo el arbitraje, siendo el marco general del procedimiento arbitral, abordando una serie de cuestiones fundamentales, en todas las etapas del arbitraje, tales como:

 

  • La forma y validez del acuerdo de arbitraje.
  • La determinación de la arbitrabilidad del conflicto.
  • La composición y nombramiento del tribunal arbitral y sus causales de recusación.
  • El alcance del competence – competence.
  • El debido proceso y la igualdad de trato de las partes.
  • La facultad o no del tribunal para emitir medidas cautelares y, de ser el caso, para hacerlas ejecutar por sí mismo o con asistencia judicial.
  • La asistencia judicial.
  • La conducción de audiencias y la presentación de pruebas, como testimonios y peritajes.
  • La forma y validez de los laudos arbitrales.
  • El procedimiento para la anulación de Laudo.

 

Si bien la lex arbitri, puede otorgar una regulación imperativa, que debe ser acatada por las partes dentro de un arbitraje, ello no involucra, que la voluntad de las partes se encuentra limitada, pues, las partes dentro de un arbitraje pueden acordar libremente sus reglas procesales, ya sea, que devengan de un reglamento de un Centro de Arbitraje o un Adhoc, sin embargo, estas reglas no pueden ir en contra de la lex arbitri.

 

Y lo anterior es importante tenerlo en cuenta, pues, los arbitrajes no pueden desarrollarse en una situación de vacío jurídico, ya que, en el supuesto que no existiera ninguna disposición o regla procesal adoptada de común acuerdo por las partes, ni ningún reglamento arbitral elegido por estas, será la lex arbitri del lugar del arbitraje la ley que se tendría en cuenta, para nombrar a los árbitros, para presentar los escritos postulatorios, la admisibilidad de la prueba, etc.

 

Es así que, la lex arbitri determina el rumbo procedimental de proceso arbitral, no solo hasta la emisión del laudo sino incluso en una etapa posterior, considerando, por ejemplo, que existen ciertas leyes de arbitraje que inhabilitan la opción de recurrir a instancias judiciales a fin de solicitar la anulación del laudo arbitral. Por ello, las partes deben cuidar la redacción de la cláusula de arbitraje, especialmente respecto a la elección de la sede, para no generar controversia entre la ley que pretende regular el acuerdo de arbitraje y el fondo de la controversia. (Gomm, 2012, p. 237)

 

Si no existiera intención de la parte para elegir una lex arbitri, la consecuencia por excelencia, de elegir el lugar del arbitraje, es que esta elección va a permitir determinar cuál va a ser la legislación estatal arbitral que será el soporte del arbitraje, siendo esta la lex arbitri, ello es reconocido por el Practical Law de Thomson Routhers(s.f), que señala: “The lex arbitri is the law chosen by the parties to govern arbitral procedure, or the procedural law governing the conduct of the arbitration.(…)Generally, the «seat» of the arbitration (…) determines the lex arbitri and is selected by the parties in the arbitration clause in the contract”.

 

También debemos de tomar en cuenta que la elección que se realice de un determinado lugar de arbitraje no va a eliminar la posibilidad de que las partes concreten autónomamente la regulación de su procedimiento arbitral (tal y como se deduce del tenor del artículo 19.1 de la Ley Modelo). Pero no debe olvidarse que se trata de una posibilidad de elección material (esto es, su «incorporación»), y no conflictual, de la normativa procesal reguladora del arbitraje

 

¿Cuándo se utiliza la lex arbitri? – Conforme se ha desarrollado, la lex arbitri se pacta al momento de la suscripción del convenio arbitral, o la estipulación del lugar donde se llevará a cabo el arbitraje. En esa línea, la fijación de la misma, una vez iniciado un proceso arbitral, será al momento de determinar las reglas procesales.

 

Al no existir un «foro» en materia arbitral, la lex arbitri otorga la jurisdicción al procedimiento arbitral, emanada de la voluntad de las partes, y su libertad para acordar la aplicación de cualquier ley de arbitraje que estas estimen conveniente, asegurando la legalidad, validez y seguridad jurídica del proceso.

 

En conclusión, la lex arbitri, brinda a las partes la potestad de elegir la ley aplicable al procedimiento, respecto a actuaciones y herramientas procedimentales que respondan a sus necesidades, con la finalidad de brindar una seguridad jurídica necesaria para desarrollar su proceso en igualdad de condiciones, con la particularidad que puede ser independiente del lugar del arbitraje.

 

Bibliografía:

 

 

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