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1. El caso Achmea
El 31 de octubre de 2018, el Tribunal Superior de Justicia alemán anuló el laudo CIADI de 2012 que fallaba a favor de la compañía holandesa Achmea, quien había demandado al estado de Eslovaquia por la supuesta violación del Tratado Bilateral de Inversiones Eslovaquia-Países Bajos. De esta manera, el Tribunal Superior de Justicia Alemán apoyó la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la incompatibilidad del TBI con el Derecho de la Unión.
Achmea había demandado a Eslovaquia con motivo de que en 2007 este Estado prohibió la distribución de los beneficios derivados de las actividades de seguro de salud privado. El tribunal arbitral consideró que se configuró una violación al TBI y reconoció a favor de Achmea una indemnización por daños de 22,1 millones de Euros.
Eslovaquia solicitó la anulación del laudo arbitral antes los tribunales alemanes, alegando que la cláusula arbitral contenida en el TBI era contraria a diversas disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). El Tribunal alemán elevó como cuestión prejudicial al TJUE la consulta por la compatibilidad de la cláusula arbitral.
En marzo de 2018, el TJUE consideró que la cláusula arbitral no era compatible con el Derecho de la Unión Europea, toda vez que el tribunal arbitral del procedimiento no podía ser calificado como un órgano jurisdiccional de uno de los Estados miembros, en el sentido del artículo 267 del TFUE, relativo al procedimiento prejudicial, en virtud de lo cual, el tribunal arbitral no estaba facultado para presentar una petición de decisión prejudicial ante el TJUE. En ese sentido, el TJUE consideró que la cláusula arbitral no garantizaba la plena eficacia del Derecho de la Unión Europea, al afectar la facultad de los Estados miembros de realizar remisiones prejudiciales al TJUE.
Lea aquí la sentencia del TJUE:
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:62016CJ0284