Nota Práctica N° 1/2020
para la implementación de medios virtuales
El Consejo Superior de Arbitraje, de conformidad con los artículos 2(1)(j)
del Reglamento de Arbitraje de 2017 (en adelante, “el Reglamento”) y
3(1)(i) del Estatuto del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de
Lima (en adelante, “el Centro”), expide la presente Nota Práctica con
medidas a ser implementadas, a partir de la fecha, en los arbitrajes bajo
su administración. Descárguela aquí.